El Ministerio de Economía aprobó el viernes 26 de junio una disposición para avanzar hacia un régimen de tipo de cambio flexible en reemplazo del esquema fijo que rigió desde 2011, para “fortalecer la estabilidad macroeconómica”.
Con esta determinación, el Banco Central de Bolivia (BCB)estableció una nueva cotización que entra en vigencia desde este lunes 29 de junio y que, para esta jornada, está en Bs 9,73.
Desde noviembre del 2011, el dólar en Bolivia tenía una cotización fija de Bs 6,96. Este tipo de cambio no tuvo ninguna variación durante 15 años; sin embargo, debido a los problemas económicos y la escasez de esta moneda norteamericana durante el gobierno de Luis Arce, llegó a cotizarse hasta en Bs 20 en el mercado paralelo.
En diciembre pasado, un mes después de la llegada de Rodrigo Paz a la Presidencia, el BCB empezó a publicar a diario un valor referencial del dólar respecto al boliviano y se comunicó que se alistaba a unificar el tipo de cambio.
En enero se inició la devolución de divisas a personas y pequeñas empresas con ahorros de hasta 1.000 dólares en sus cuentas bancarias, una medida que desde julio se extenderá progresivamente a los demás ahorristas, según el Ministerio de Economía.
En abril se ordenó la habilitación del uso de las tarjetas de crédito y débito para compras en el exterior con base en el tipo de cambio referencial con por lo menos $us 500.
CÓMO Y CUÁNDO SE PUBLICARÁ EL TIPO DE CAMBIO
El tipo de cambio oficial se definirá en base al promedio ponderado de las operaciones cambiarias de compra realizadas por los múltiples bancos, los bancos PymE y el banco público con sus clientes.
“Cada día hábil, a horas 20:00, el BCB publicará en su página web el Tipo de Cambio Oficial que será vigente al día siguiente para las operaciones del sector público y del BCB y para los registros contables y de valoración”, señala el artículo 5 del reglamento de operaciones que difundió el BCB.
El documento también explica que, para definir el tipo de cambio, la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI) instruirá a los múltiples bancos, los bancos pyme y el banco público, remitir todas las operaciones cambiarias que hayan realizado hasta las 17:00 de cada día. Además, se establecen sanciones en caso de no hacerlo.
