El ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Gabriel Espinoza, consultado sobre su situación luego de que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) determinara su censura, dijo que justificó su ausencia a la sesión de interpelación y señaló que se apegará a lo establecido en la Constitución Política del Estado (CPE).
“Nosotros hemos justificado la ausencia (…). Los tiempos de la Asamblea son distintos a los de la Gestión Pública. Lamento que se haya tomado ese escenario, pero, en todo caso, nosotros nos vamos a apegar a la Constitución. El artículo 158 es muy claro. Establece que para censurar a un ministro se requieren dos tercios de la Asamblea, entiendo que hoy se logró dos tercios de los (legisladores) presentes. Habrá que ver cuál es la interpretación constitucional. Yo insisto, me voy a apegar a lo que dice la Constitución y consultaremos al Tribunal Constitucional si la decisión que tomó la Asamblea es constitucional o no”, refirió Espinoza durante una conferencia de prensa, en la que explicó que no pudo asistir a la interpelación porque se encontraba trabajando en el proceso de institucionalización de la Aduana.
La censura fue aprobada con 91 votos a favor, 34 en contra y cuatro abstenciones, en una sesión en la que participaron 129 senadores y diputados. Cuando la Asamblea aprueba por dos tercios la censura de un ministro, este queda sujeto a destitución.
El artículo 158, parágrafo I, numeral 18 de la CPE establece que la Asamblea puede “interpelar, a iniciativa de cualquier asambleísta, a las Ministras o los Ministros del Estado, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros de la Asamblea. La interpelación podrá ser promovida por cualquiera de las Cámaras. La censura implicará la destitución de la Ministra o del Ministro”.
Posteriormente, una vez que el Presidente tome conocimiento formal de la resolución, tendrá un plazo máximo de 24 horas para destituir al ministro censurado.
Con información de Opinión